Responsabilidad penal juvenil: la hora del debate

Imputabilidad-Menores(Por Gustavo Gabriel Caruso*)– Nuestra legislación penal establece que, por debajo de los 16 años de edad, una persona es inimputable para todo delito. Pero, en realidad, el término correcto a emplear debe ser el que una persona menor de aquella edad no es punible para cualquiera de las infracciones penales, (que, llegado el caso, sí puede imputársele una acción ilícita, acusárselo, aunque jamás puede imponérsele una pena). Leer más

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