Condenaron a prisión perpetua al hombre que asesinó del intendente de Lobería

aldecoaJulio César Aldecoa fue hallado culpable del delito de “doble homicidio doblemente agravado por el uso de arma y por alevosía” por el crimen de Hugo Rodríguez y de Héctor Álvarez. La defensa adelantó que apelará el fallo.

“Prisión perpetua”, se escuchó en la sala de audiencias de los tribunales de Necochea. El destinatario de la condena: Julio César Aldecoa autor del asesinato del intendente de Lobería, Hugo Rodríguez y del director de los talleres protegidos, Héctor Álvarez. Así se puso punto final a la trágica historia que comenzó la tarde noche del 19 de octubre de 2013 en el Parque Municipal Narciso del Valle y que cambió para siempre la historia de los pobladores de esa ciudad de la provincia de Buenos Aires.
El fallo, dictado por los jueces Mario Juliano, Luciana Irigoyen Testa y Mariana Jiménez, definió por mayoría conformada por las dos juezas que Aldecoa es penalmente responsable del delito de “doble homicidio doblemente agravado por el uso de arma y por alevosía”, pena y carátula que había pedido en su alegato la Fiscalía, representada durante el juicio por la fiscal General de Necochea, Analía Duarte. También la querella que representa a la Marisa Franco, esposa de Rodríguez, pidió esa pena.
El voto minoritario
El juez Mario Juliano, en el fallo, al que Infojus Noticias tuvo acceso, manifestó que no estaba probada la alevosía y por eso sostuvo que había que condenar por el delito de “doble homicidio simple”. Para él no quedó probado que Aldecoa haya actuado “sobre seguro”, como planteaba la acusación. “Aldecoa tenía un plan criminal que había sido anunciado en varias oportunidades a terceros: matar al intendente Rodríguez. Sin embargo, no encuentro acreditado que Aldecoa se haya preordenado para cumplir su plan criminal en el momento y lugar de los hechos” dice el fallo y aclara en su voto que el encuentro de Aldecoa con las víctimas es “casual” y por lo tanto la alevosía no tendría lugar.
Las juezas no acompañaron este planteo y se inclinaron por la idea de que el asesino actuó con “ventaja y superioridad” sobre las víctimas. Las armas ante dos personas desarmadas, el hecho de haber disparado a distancia y la cantidad de disparos influyeron en el voto mayoritario que posibilitó aplicar el agravante para la pena perpetua.
Además, Juliano en su voto planteó –como lo hizo en otros fallos– la inconstitucionalidad de la prisión perpetua. En el fallo, Juliano dice: “Es así que una pena perpetua (se considere nominal o efectiva) implica en el caso de Aldecoa agotar su expectativa de vida en la cárcel, por lo que se trata de un equivalente a la pena de muerte, que ha sido expresamente derogada de nuestro ordenamiento jurídico, pena que, como es sabido, no puede ser restablecida”. El argumento para este caso particular apunta a que el condenado podría acceder recién a los 89 años a la libertad condicional. Para entonces, según entendió el juez “Aldecoa habrá supera las expectativas de vida de nuestro país, que es de aproximadamente 75 años” y enseguida, el magistrado agrega: “Esta expectativa se verá notablemente reducida por las condiciones de vida a que deberá verse sometido en el sistema penitenciario, que no se caracteriza por garantizar estándares razonables de resguardo de las condiciones de alojamiento y preservación de la salud”.
Daniela Cangiano, defensora «ad hoc” de Aldecoa, en diálogo con Infojus Noticias explicó que apelará la decisión en lo que tiene que ver con la carátula. “Vamos a apelar la alevosía, para nosotros quedó comprobado que no existió tal cosa y uno de los magistrados falló en ese sentido”, explicó. De conseguirlo, la pena será menor, ya que la perpetua no podría ser aplicada. Además, aclaró que el fallo sí fue unánime en relación a la imputabilidad, por eso no apelará ese tramo de la decisión. Cangiano había pedido la absolución de su defendido por considerar que es inimputable y en caso de que se lo condenara, pidió que la carátula se cambie por «doble homicidio simple” a fin de evitar la prisión perpetua. Es esta la figura que pedirá en su apelación.