¿Qué “cárcel quieta” necesita el poder político en la Argentina?

cárcel(Por Ramiro Gual*) Durante la década de 1990 medidas de fuerza colectivas y motines carcelarios atravesaron el escenario penitenciario nacional. Sin pretender simplificar la complejidad del fenómeno, estos hechos de alta visibilidad produjeron un fuerte impacto en la agenda política que, al combinarse con otros factores, impulsaron la sanción de dos leyes trascendentales en términos de reconocimiento de derechos y garantías para los detenidos: las llamadas Leyes del 2 x 1 y de Ejecución de la Pena Privativa de Libertad (leyes N° 24.390 y 24.660).

En abril de 2013 un camión de traslados reintegraba detenidos de diversos comparendos judiciales hacia los establecimientos penitenciarios federales ubicados en la localidad de Ezeiza. Liberados de las medidas de sujeción abusivas que suelen sufrir y con la escotilla del techo sin trabar, entre cinco y seis detenidos aprovecharon la detención del vehículo en un peaje de la Autopista Ricchieri y escaparon.

Cuatro meses más tarde, trece detenidos se fugaron del Complejo Penitenciario Federal I de Ezeiza en un escape fílmico. Según la versión oficial ofrecida, habrían cavado un túnel de 40 cm. de diámetro en el hormigón armado del piso de una celda ubicada dentro de un módulo de máxima seguridad sin alarmar al personal penitenciario encargado de su custodia. Luego aprovecharon los huecos señalizados previamente en los alambrados perimetrales y huyeron.

Diecinueve agentes penitenciarios fueron separados de sus funciones por el entonces Director Nacional del Servicio Penitenciario Federal quien presentó su renuncia denunciando complicidades internas dentro de la fuerza. Meses más tarde, la Jefatura del complejo impuso compulsivamente un descuento salarial, destinado a paliar la situación económica de los agentes penitenciarios señalados como cómplices de la fuga.

Al momento de resolver el cambio de autoridades, la participación en la negociación de la misma agencia penitenciaria se impuso, “aprobando” informalmente el reintegro del Director Nacional anterior, claramente de mayor agrado que el jefe saliente. “Nos decían que esto iba a volver a ser una cárcel de verdad. Que vamos a pagar la fuga nosotros. Esto va a ser una cárcel de verdad, se les fue el papi que los cuidaba. El servicio va a volver a ser lo mismo que fue siempre”, gritaba el cuerpo de requisa del Complejo de Ezeiza durante un procedimiento pocas semanas después.

Así lo relató un detenido durante la investigación por un ahorcamiento en el Módulo IV del establecimiento. No se pretende discutir aquí si los cambios en la máxima autoridad supusieron diferentes niveles de habilitaciones y restricciones a la violencia institucional como recurso de gobierno. Pero como propusiera William Thomas, si las personas definen las situaciones como reales, éstas son reales en las consecuencias que producen.

Algo, eso sí, ha variado en el equilibrio de poderes dentro del sistema penitenciario federal en nuestro país.

Como señalara Michel Foucault, las disciplinas dentro de la prisión, además de asumir una función positiva de transformación de los cuerpos, cumplen efectivamente una función negativa o de bloqueo: lograr que los presos no alteren el orden de la prisión y, cuando lo hagan, sea de forma individual aminorando y volviendo maleable su impacto. Para reducir el nivel de abstracción, el fracaso del proyecto resocializador es el éxito del tratamiento: mientras anuncia su voluntad de normalizar conductas, persigue garantizar la existencia de una “cárcel quieta”.

Este planteo clarifica la reflexión sobre el primer ejemplo. El mensaje, en los noventa, llegó nítido a los oídos del poder político: gobernar la cárcel, significaba, que las personas detenidas permanecieran tranquilas, quietas. Y a eso se dedicaron durante las dos décadas siguientes, en ocasiones mediante el consenso, más veces mediante la coerción.

Un cambio, es notorio, se observa en esta segunda década del Siglo XXI. No es la voz de los presos, la caja de resonancia que retumba en los oídos del poder político al momento de acostarse. No es un motín ni una medida de fuerza colectiva de detenidos –por cierto menos numerosos, concurridos y recuperados por los medios de comunicación que dos décadas atrás- lo que moviliza y perturba al poder político hoy. Son las presiones del personal penitenciario, y no el reclamo de los detenidos, factores más remarcables al momento de poner y sacar a sus máximas autoridades, e inquietar al poder político de turno. Claro que sus consignas, posicionamientos y reclamos corporativos son subterráneos, no declarados.

Observar esta reconfiguración resulta necesario, en tanto produce efectos concretos en el régimen penitenciario vigente. Cualquier transformación del régimen carcelario que se proponga la fuerza política de que se trate, deberá asumir el costo político que su decisión supone, a la luz de la presión –siempre entre las sombras- que sus propuestas puedan sufrir. Porque el poder político deberá escoger, estratégicamente y ante desafíos de corto, mediano y largo plazo, tener como aliado u oposición a las fuerzas penitenciarias. Y en ambos casos, la moneda de cambio serán los derechos humanos de las personas detenidas.

(*) Abogado- Docente UBA. Coord. del Equipo de Investigación y Documentación de Fallecimientos en Prisión de la Procuración Penitenciaria de la Nación. Este documento representa simplemente la opinión del autor y no refleja una posición institucional.

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