Convertirán en ley la paridad de género para listas

diputados baLa cámara de Diputados bonaerense convertirá en ley este martes el proyecto que dispone la paridad de género en la integración de listas en la provincia de Buenos Aires, poniendo fin a una novela de casi un mes que tensó las relaciones entre el massismo y Cambiemos.

El proyecto de Paridad modifica el artículo 32 de la Ley Electoral, disponiendo que las listas presentadas ante la Junta Electoral “deberán respetar una equivalencia del 50 por ciento del sexo femenino y otro 50 por ciento del sexo masculino”.

Con la aprobación en Diputados, el proyecto será convertido en ley y podrá comenzarse a aplicar en las próximas elecciones, hecho que podría alterar la dinámica de las Primarias por el tipo de reparto que propone.

Si bien hay consenso para que la ley sea aprobada hoy, algunos legisladores de Cambiemos y del Frente Renovador se muestran remisos a acompañarla.

La ley dispone que el “50 y 50” en la composición de las listas será aplicable a la totalidad de la nómina, y se deberá cumplir con el mecanismo de “alternancia y secuencialidad” entre sexos por binomios (mujer-hombre u hombre-mujer). Cuando se trate de nóminas u órganos impares la diferencia entre el total de hombres y mujeres no podrá ser superior a uno.

En tanto, la ley indica que “el género del candidato estará determinado por su DNI, independientemente de su sexo biológico”. Y aclara que en caso de la renuncia, licencia o fallecimiento de un legislador en funciones, para su reemplazo se deberá “respetar” la paridad: es decir, que si quien pide licencia o renuncia es una mujer y quien sigue en la lista para ingresar es un hombre, éste será “salteado” en favor de la próxima mujer de la lista.