Personal que trabaje con menores podrá jubilarse a los 50

El beneficio es para quienes cumplen tareas directas en contacto con los chicos y adolescentes .

El personal que habitualmente cumple “tareas en contacto directo con menores” en las instituciones y programas que integran el Sistema de Promoción y Protección Integral de los Derechos de la Niñez y Adolescencia” del ministerio de Desarrollo Social y de la Secretaría de la Niñez y Adolescencia de la Provincia podrán obtener la jubilación ordinaria a los 50 años de edad y con 25 años de servicios.

Así quedó establecido en el decreto 926 firmado por el gobernador Daniel Scioli el 5 de diciembre pasado y que entró en vigencia en las últimas horas su publicación en el Boletín Oficial.

El beneficio alcanza, según se indica en la normativa, únicamente al personal que se desempeñe o se haya desempeñado en relación de dependencia con designación en las plantas permanente o temporaria.

La medida adelanta en diez años la edad para jubilarse para el personal mencionado, ya que la disposición general en esta materia para los empleados del Estado provincial, cualquiera sea el área en que se desempeñen, establece en 60 la edad mínima para acceder íntegramente a los haberes y beneficios previsionales, tanto para hombres como mujeres.

Concretamente, la resolución alcanza a los trabajadores que se desempeñan en contacto directo con los menores alojados en Unidades de Desarrollo Infantil y en los Institutos de Menores Asistenciales y Penales dependientes del ministerio de Desarrollo Social y/o la Secretaría de Niñez y Adolescencia.

En los fundamentos de la medida, se expresa que esos empleados “resultan pasibles de agotamiento prematuro, por encontrarse expuestos a riesgos psicosociales que podrían producir daños específicos en la salud”.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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