El plazo para justificar la inasistencia a las PASO es de dos meses
Podrán quedar fuera del registro de infractores quienes estaban a más de 500 kilómetros de su domicilio y lo demostraron con un trámite ante la comisaría más cercana o bien los que estaban enfermos y tienen un certificado médico que lo acredite. El descargo debe hacerse ante la Cámara Nacional Electoral o la Secretaría correspondiente a la residencia.
Aquellos ciudadanos de entre 18 y 70 años que no hayan votado este domingo en las PASO, tienen dos meses para justificar su falta al deber cívico.
De todos modos, los que no votaron y no pueden justificarlo podrán participar en las elecciones legislativas de octubre, aunque por su incumplimiento podrían ser multados (por entre 50 y 500 pesos, según la cantidad de veces que hayan cometido anteriormente la misma falta).
Podrán quedar fuera del registro de infractores quienes estaban a más de 500 kilómetros de su domicilio y lo demostraron con un trámite ante la comisaría más cercana o bien los que estaban enfermos y tienen un certificado médico que lo acredite.
El plazo para justificar la inasistencia a la votación es de 60 días a partir del 11 de agosto. Se hace en la Cámara Nacional Electoral de lunes a viernes de 7.30 a 15.30 o en la Secretaría Electoral del último domicilio del votante.
Los datos de contacto de cada Secretaría Electoral pueden consultarse en http://www.electoral.gob.ar/secretarias.php.
Por otra parte, quienes hayan tenido algún problema con el troquel de constancia de emisión del voto, también deben informarlo a la Cámara o Secretaría Electoral, para asentar el reclamo y no quedar registrados como infractores.
En este caso, el reclamo también puede tramitarse por correo electrónico a reclamos.padron@pjn.gob.ar.
