Oficializan la prohibición de trasladar represores a hospitales militares

El Ministerio de Defensa, a cargo de Agustín Rossi, oficializó hoy la decisión de prohibir la internación o asistencia ambulatoria de represores en hospitales militares o unidades de salud dependientes de las Fuerzas Armadas, luego de que la semana pasada se fugaran dos condenados por delitos de lesa humanidad.

La medida, publicada hoy en el Boletín oficial, fue adoptada mediante la resolución 85/2013, firmada el viernes último por el titular de la cartera castrense un día después de conocerse la evasión de Jorge Antonio Olivera y Gustavo De Marchi del Hospital Militar Central ubicado en el barrio de Palermo.

«Prohíbese al jefe del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas, al jefe del Estado Mayor General del Ejército, al jefe del Estado Mayor General de la Armada y al jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea la internación y/o asistencia ambulatoria en hospitales militares o unidades de salud dependientes de las fuerzas armadas, de personas condenadas penalmente o procesadas con privación preventiva de la libertad que tengan o hayan tenido estado militar», ordena el artículo primero.

Luego, indica que la prohibición «alcanza a la totalidad del personal civil y/o militar de las Fuerzas Armadas».

Finalmente, señala que «todo requerimiento de carácter judicial de internación y/o asistencia médica» de las personas incluidas en la resolución «deberá ser comunicado inmediatamente al Ministerio de Defensa para su consideración y efectos, bajo apercibimiento de aplicación de sanciones administrativas y/o disciplinarias».