El Senado de la Nación sancionó la ley que penaliza la explotación laboral infantil

La iniciativa, que ya contaba con media sanción de Diputados y fue aprobada por unanimidad en la Cámara Alta, establece de uno a cuatro años de prisión para aquellos que cometan dicho delito.
El Senado de la Nación convirtió en ley el proyecto que establece una pena de uno a cuatro años de prisión a quien ejerza la explotación laboral de menores.

En este marco, el senador nacional del FpV, Daniel Filmus, señaló que “el lugar donde los chicos deben estar es la escuela, y lo que les corresponde en esa etapa de la vida es educarse y no trabajar”.

“Contamos con un Ley de Educación Nacional que establece la obligatoriedad y terminalidad de la escuela secundaria” y “el Gobierno nacional viene trabajando para garantizar ese derecho”, añadió.

El proyecto modifica el Código Penal al agregar el artículo 148 bis, que establece que será reprimido con prisión “de uno a cuatro años” al que “aprovechare económicamente” el trabajo de un “niño o niña en violación de las normas nacionales que prohíben el trabajo infantil, siempre que el hecho no importare un delito más grave”.

La norma exceptúa de la penalización “las tareas que tuvieren fines pedagógicos o de capacitación exclusivamente”, en referencia a los trabajos que, por ejemplo, se realizan en talleres de escuelas técnicas.

El último párrafo de la ley también advierte que “no será punible el padre, madre, tutor o guardador” del menor que “incurriere en la conducta descripta”.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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