Buscan ponerle un tope al sueldo de los intendentes y concejales
Un proyecto ingresado en la Legislatura propone modificar la Ley Orgánica de las Municipalidades para establecer topes salariales a los intendentes y concejales. La iniciativa busca terminar con las asimetrías y que los jefes comunales rindan los gastos de representación.
Un proyecto de ley presentado en la Cámara de Diputados apunta a modificar los artículos 92 y 125 del Decreto Ley 6769/1958 Ley Orgánica de las Municipalidades (LOM).
El objetivo central es regular las dietas de los concejales y los sueldos de los intendentes, estableciendo criterios unificadores y límites máximos vinculados a las remuneraciones del gobernador y los legisladores provinciales.
Actualmente, la LOM permite que cada municipio determine el salario de sus autoridades locales con amplios márgenes de discrecionalidad. Eso derivó, según los fundamentos del texto, en una situación de “enormes distorsiones y desigualdades” entre distritos.
Textualmente, la reglamentación vigente sostiene que: “El Intendente gozará del sueldo que le asigne el Presupuesto, el que en ningún caso podrá ser inferior a diez (10) sueldos mínimos. El sueldo mínimo a que hace referencia el presente artículo será el resultante de considerar el sueldo básico de la categoría inferior del ingresante en el escalafón administrativo de cada Municipalidad, en su equivalente a cuarenta horas semanales, sin comprender ninguna bonificación o adicional, inherentes a la categoría inferior, que no estén sujetos a aportes previsionales.
Los Municipios que tengan doce (12) y catorce (14) concejales deberán elevar el número de sueldos mínimos a doce (12). Los Municipios que tengan dieciséis (16) y dieciocho (18) concejales, a catorce (14) y los que tengan veinte (20) y veinticuatro (24) concejales a dieciséis (16). En todos los casos los presupuestos municipales podrán prever una partida mensual para gastos de representación sin cargo de rendición de cuentas. El sueldo del Intendente y la partida que se asigne para gastos de representación no podrán ser unificados”.
