Prohibieron los dispositivos electrónicos para inhalar vapores o aerosoles de tabaco

La resolución prohibe la importación, distribución, comercialización y cualquier modalidad de promoción de los sistemas o dispositivos electrónicos destinados a inhalar vapores o aerosoles de tabaco» habitualmente llamados «Productos de Tabaco Calentado».

Según la Resolución 565/2023 de la cartera sanitaria, la prohibición se extiende «al funcionamiento de dichos sistemas o dispositivos, como asimismo a cartuchos y barras de tabaco para ser calentadas en dichos sistemas». –