Cámara Federal concede la exención de prisión a Ricardo Jaime

La sala de feria de la Cámara Federal porteña otorgó la exención de prisión al ex secretario de Transporte, Ricardo Jaime, al considerar que «no existe riesgo de fuga ni de obstaculizar la investigación judicial» de los hechos que se le imputan y consideró «arbitraria” esa decisión.

Al revocar la medida, el tribunal reprendió al juez Claudio Bonadío por hacer una “aplicación inapropiada cuando no arcaica” del derecho al denegarle el beneficio pedido y consideró que hubo una “falta de motivos valederos para cercenar la libertad” del ex funcionario.

El tribunal, que integran los camaristas Eduardo Freiller y Jorge Ballestero, además de reprochar a Bonadío la “aplicación inapropiada», consideró que no existe riesgo de fuga ni de obstaculizar la investigación judicial de los hechos que se le imputan al ex funcionario y que esa son las únicas condiciones que fija la jurisprudencia vigente para denegar la libertad a un procesado.

Jaime fue procesado la semana pasada con prisión preventiva por Bonadío en una causa por presuntas contrataciones irregulares en el ferrocarril Belgrano Cargas, pero el ex funcionario anunció que no se presentaría ante la justicia hasta que la Cámara Federal se expidiera siguiendo el consejo de su abogado.

Andrés Marutian, abogado de Jaime, celebró hoy la resolución que, según dijo, deja en claro que la decisión de Bonadío “respondía a motivaciones no jurídicas”.

En un resolución rápida de seis páginas, la Cámara Federal resaltó la “falta de motivos valederos para cercenar la libertad” de Jaime cuando el viernes pasado Bonadío le rechazó el pedido de exención de la prisión preventiva y luego lo declaró en rebeldía.

La Cámara reprochó al juez “extraviarse en temperamentos propios de otros tiempos y de otros estrados, muy distintos a los que constituyen la doctrina sentada en los últimos años por este Tribunal”.

Bonadío había fundamentado su decisión en que Jaime tiene varias causas abiertas en la justicia e incluso una elevada a juicio oral pero la Cámara objetó que “una cifra fría pueda dar cuenta de la «futura conducta” de un imputado.

El magistrado también había esgrimido los “supuestos vínculos con funcionarios del Estado” pero los camaristas desecharon ese criterio ya que “esa información lejos está de imponerse en un extremo novedoso” ya que es la misma que existe desde el comienzo de la causa.

“Las razones alegadas para denegar la petición de la defensa resultan incapaces de otorgar serio fundamento a la restricción de derechos que supone su decisión. De ahí que tal estudio hubiese ahorrado todos los recursos empeñados en aras de perseguir la arbitraria aprehensión del imputado”, señala la resolución de los camaristas.