La pelea judicial entre los herederos de León Ferrari y Levinas

León FerrariEn 2008 Ferrari le había confiado a Levinas 15 obras, en carácter de “préstamo”. Sólo cuatro le fueron devueltas. Según argumentó Levinas en la causa, un comprador de Uruguay se había interesado en las obras, pero murió antes de completar el pago. Al día de hoy no aparecieron ni las obras, ni el dinero.

Las pruebas contra el marchand y periodista Gabriel Levinas se acumulan. Es en el marco de la causa que se le sigue por no haber devuelto obras, ni haber rendido cuentas, al artista plástico León Ferrari, que murió el último 25 de julio. Según la evaluación judicial, el perjuicio que sufrió Ferrari trepa a 144.199 dólares. Ayer, Levinas hizo un descargo a través de su cuenta de Twitter. La causa contra él está camino a juicio oral y público. En el expediente judicial se da por sentada la “materialidad del hecho” que se le reprocha.

«Sin cuestionamientos en cuanto a la materialidad del hecho, ya que el imputado ha reconocido haber recibido las obras de parte del querellante, haberlas llevado a París y exponerlas allí, tras lo cual las habría vendido a Roberto Brumberg, resta concluir si la conducta reprochada a Levinas puede encontrar encuadre dentro de las figuras de defraudación detalladas en el Código», sostiene la resolución de la Sala Primera de la Cámara del Crimen, firmada por los jueces Jorge Rimondi y Luis Bunge Campos.

Aunque todavía no hay una calificación legal del presunto delito que habría cometido, el periodista está acusado por un «hecho», descripto en el expediente, textualmente: «Se le imputa a Gabriel Isaías Levinas el haber retenido ilegalmente dibujos y collages de propiedad del artista plástico León César Ferrari Prado que le fueron entregados para exponer en Francia en el mes de junio de 2008, negándose luego de ello a restituirlos a su dueño, pese a las intimaciones cursadas».

En la resolución judicial se detalla que «independientemente de que las obras en cuestión les hayan sido entregadas al imputado para ser sólo exhibidas, o exhibidas y vendidas, cierto es que éste debió restituirlas en el primer caso, o bien efectuar la correspondiente rendición de cuentas de haber sido vendidas, como lo manifestó». Según el fallo, no ocurrió ni una cosa, ni la otra. Y por eso, Levinas está procesado.
El tribunal que confirmó el procesamiento dejó abierta la posibilidad de que, tal como declaró el imputado, las obras no le hubieran sido entregadas para exhibición sino para venta. La exhibición, según el Código Civil, es «comodato»; la exhibición y venta, según el Código de Comercio, es «consignación». En ambos casos ello genera obligaciones para quien hubiera recibido las obras. «Por todo lo expuesto, sin perjuicio de la calificación legal que en definitiva mejor derecho tenga de ser aplicada, habrá de homologarse el procesamiento dictado en contra del imputado», resume la decisión de la Cámara.

Levinas reconoció en el expediente judicial que vendió parte de sus obras pero no le entregó el dinero porque, dijo, debió utilizarlo para atender los gastos que demandó su grave estado de salud. Esa circunstancia de vida, según la Justicia, “no resulta suficiente para disminuir su responsabilidad penal”. Los jueces de la Sala Primera de la Cámara de Apelaciones en lo Penal de la Capital Federal también señalaron que existe una «diferencia sustancial» entre el valor de las obras y el costo de un tratamiento médico.
Cuando piezas artísticas salen del país para una exposición deben sortear un trámite administrativo en la Cancillería que cuantifica su precio.